Principales ventajas de la capacitación remunerada en
el puesto real de trabajo:
- Inserción laboral garantizada: las empresas son responsables de la efectivización laboral del beneficiario al final del plazo de capacitación.
- Remuneración de la capacitación: el ingreso mensual del beneficiario supera la línea de probreza ($900), lo que genera un incentivo para el cumplimiento de los requisitos de la capacitación.
- Sustrae al desocupado o subocupado de la economía informal. Como la empresa debe aportar un complemento de la Beca que otorga el Estado Provincial, cada Becario recibe durante la capacitación un ingreso mensual promedio de $900, lo cual actúa como incentivo para dejar de lado cualquier trabajo esporádico (changas) por lo general “en negro”.
- Consenso entre Empresa, Sindicato y Estado: las tres partes intervienen en el programa asumiendo cada una derechos y obligaciones.
- Los recursos tienen como destino el bolsillo del beneficiario: los recursos en su totalidad tienen como destino directo el bolsillo del capacitando. No son recursos con cargo a capacitadores o gastos de estructura, sino la retribución por el cumplimiento de las exigencias de la capacitación.
Usos del Programa
Los Programas Bonus y Segunda Oportunidad están destinados fundamentalmente a la generación de empleo genuino en empresas del sector privado. Micro, pequeñas, medianas y grandes empresas pertenecientes a cualquier sector de la economía formal pueden acceder a los mencionados programas. También están destinados a nuevos proyectos productivos, actuando en estos casos como un régimen de promoción para nuevas inversiones.
Programa Bonus
El programa Bonus consiste en becas de hasta $200 mensuales que se otorgan por un período máximo de hasta 6 meses a jóvenes que posean entre 18 y 25 años, para la realización de prácticas laborales en empresas privadas. Como complemento de beneficio la empresa debe abonar una suma mensual no remunerativa acorde con el tipo de capacitación. La suma de la Beca aportada por el Estado Provincial y el complemento de beca aportado por la empresa capacitadora debe representar un ingreso congruente al tipo de tarea que desarrolle el capacitando.
Segunda Oportunidad
El programa Segunda Oportunidad consiste en becas de hasta $200 mensuales que se otorgan por un período máximo de hasta 6 meses para la realización de prácticas laborales en empresas privadas de personas mayores de 26 años. Como complemento de beneficio la empresa debe abonar una suma mensual no remunerativa acorde con el tipo de capacitación. La suma de la Beca aportada por el Estado Provincial y el complemento de beca aportado por la empresa capacitadora debe representar un ingreso congruente al tipo de tarea que desarrolle el capacitando.
Aportes de las partes
Ministerio de Trabajo
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Empresa Adherente
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Sindicato
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Amparo Legal: el programa no genera relación laboral entre la empresa y el beneficiario |
Ámbito de trabajo donde se desarrolla la capacitación. |
Toma conocimiento de la implementación del programa. |
Beca mensual por beneficiario de hasta $200. |
Instruye la capacitación según la necesidad del puesto de trabajo a cubrir. |
Tutela la relación entre empresa adherente y beneficiario. |
Seguro de Riesgos del Trabajo (ART) |
Aporta un Complemento de Beneficio mensual por Beneficiario. |
Queda a su consideración la posibilidad de proporcionar beneficios adicionales a los beneficiarios. |
Apertura de cuenta bancaria a nombre del beneficiario del programa. |
Asume el compromiso de inserción laboral.
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El mismo tiene carácter no remunerativo (no abona aportes ni contribuciones). Queda a su consideración la posibilidad de proporcionar beneficios adicionales a los beneficiarios.
Apertura de cuenta bancaria a nombre del beneficiario del programa. Asume el compromiso de inserción laboral.
Cómo acceder a los programas
El acceso a los programas se efectúa a través de dos modalidades:
- A requerimiento de empresas privadas que demandan la capacitación de personal para la posterior incorporación en relación de dependencia;
- Por solicitud de los propios desocupados, que deberán localizar una empresa dispuesta a capacitarlos.
Posteriormente, en cualquiera de los dos casos, se avalúa la propuesta de capacitación, en la cual debe constar el tipo y modalidad de instrucción, el complemento de beneficio que aporta la empresa, el compromiso de inserción laboral, la duración del programa (máximo 6 meses) y el perfil del capacitando.
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